ESTACION 3
MIS DEBERES Y DERECHOS COMO APRENDIZ SENA
CASO 2
Nicolás es un aprendiz del programa de
Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su formación hace tres meses y
medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades de formación
que le han planteado sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea
recibir la retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados para
conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso
Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha
retroalimentación, este le responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo
las actividades”. Nicolás está muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas,
además su tutor le ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque
debe irse para otra región a encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera respetuosa solicitar
por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo
con la normatividad del SENA.
ANÁLISIS
Primero que todo Considero que es un derecho
del aprendiz conocer el resultado de sus actividades, con respecto a la
respuesta que le dio el tutor, fue una respuesta inapropiada y un poco grotesca
y el hecho de que el instructor solo laboraría durante dos meses o mas no es
motivo para que incumpla con el reglamento y políticas de la institución.
SOLUCIÓN
¿En qué
capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera
respetuosa y formal?
Nicolás para hacer dicha solicitud de manera
respetuosa y formal se debe amparar en:
-
El
CAPITULO ll
Derechos del aprendiz SENA
Articulo 7
Ítem 11:
Ser evaluado objetiva e integralmente, con base
en los criterios de evaluación y la ruta de aprendizaje. Y a conocer, dentro de
los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las evaluaciones, así
como las diferentes novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales como amonestación,
sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula.
Ítem 15:
Recibir trato digno y respetuoso por parte de
todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
Justificación: por ser estos los derechos como aprendices
que fueron vulnerados y que el aprendiz piensa
restablecer.
-
CAPITULO
VI
Gestión Académico Administrativa
ARTÍCULO 15. Los Centros de Formación
Profesional responderán y liderarán los trámites académicos y administrativos para atender las
diferentes solicitudes elevadas por los aprendices dentro de su proceso de formación,
solicitudes que deben ser presentadas por escrito radicado en el respectivo centro y registradas en el
sistema de gestión académica; el centro dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su radicación
deberá dar la respuesta respectiva.
Justificación: por tratarse de una solicitud formal elevada
por un aprendiz.
-
CAPITULO
VII
Proceso de formación, incumplimiento y
deserción
Ítem 3.
Revisión
de los Resultados de Evaluación: El instructor debe analizar el avance del
proceso de formación, identificando con el aprendiz sus logros y dificultades,
retroalimentando de manera permanente y ajustando las estrategias
desarrolladas, en los casos que se requiera. En caso de que el aprendiz no logre
el resultado de aprendizaje, el instructor programa y realiza actividades
pedagógicas complementarias. El Aprendiz que esté en desacuerdo con la
evaluación de su formación emitida por el Instructor, podrá ejercer el derecho
a que se le revisen los resultados, siguiendo el procedimiento:
-
Presentar
solicitud de forma escrita al instructor y a través del sistema de gestión de
la formación, para la revisión por el Instructor, orientador del proceso de
aprendizaje que emitió la evaluación, dentro de los dos (2) días hábiles
siguientes a la publicación o entrega de la misma, argumentando los fundamentos
del desacuerdo
-
Esta
solicitud debe ser contestada por el instructor, dentro de los dos (2) días
hábiles siguientes a la fecha de presentación por parte del Aprendiz
-
Si
la solicitud no es contestada dentro del término anterior, o si persiste el
desacuerdo con la respuesta recibida, el aprendiz podrá solicitar mediante
escrito dirigido al Coordinador Académico o rol correspondiente a la modalidad
del programa de formación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, la
asignación de un segundo evaluador que revise la evaluación realizada inicialmente;
la decisión del segundo evaluador es definitiva para la evaluación del Aprendiz
y debe ser emitida a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a
la fecha de la solicitud presentada por el Aprendiz.
Justificación: porque este ítem pone de manifieste el
instrumento mediante el cual se pues hacer la solicitud.
CASO 3
El instructor les ha manifestado a tres
aprendices del programa de formación Tecnología en Contabilidad y Finanzas que deben
traer la cédula de ciudadanía, porque cuando ingresaron a la institución, lo
hicieron con tarjeta de identidad y ya hace un año cumplieron la mayoría de
edad, lo que significa que este documento ya no es válido.
Adicionalmente, a pesar de que tienen un plan
de mejoramiento, no han cumplido con este y uno de ellos no quiere participar
en salidas técnicas.
Además el Tutor encontró que personas ajenas al
curso están ingresando a la plataforma virtual con el usuario y la contraseña
de uno de ellos. El instructor le solicita al representante de los aprendices que les ayude a identificar
en qué parte del reglamento se está fallando.
ANÁLISIS
Considero que el instructor hace lo correcto en
solicitarles el documento de identidad valido aunque lo correcto seria que el
estudiante presentara la novedad de cambio de documento inmediatamente haya obtenido
la cedula de ciudadanía por la tanto es un deber del estudiante.
Al igual considero que son faltas graves de los
estudiantes permitir que usuarios ajenos ingresen al las plataforma virtual fingiendo
ser el usuario que no es y aparte de eso que incumplan con los planes de
mejoramiento, considero que son faltas suficientes para expulsar al aprendiz de
la institución.
SOLUCION
¿En que capitulo y en
que artículos se debe apoyar el representante para que los aprendices
identifiquen sus faltas?
CAPITULO III
Deberes del aprendiz
SENA
Articulo 9
Ítems 1.
Cumplir con todas las actividades propias de su
proceso de aprendizaje o del plan de mejoramiento, definidas durante su etapa
lectiva y productiva.
Ítem 3.
Verificar en el sistema que sus datos básicos,
se encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el
trámite administrativo correspondiente.
Ítem 9.
Asumir con responsabilidad su participación en
las actividades programadas como salidas, pasantías técnicas, intercambios de
aprendices a nivel nacional e internacional, así como en las demás de carácter
lúdico - pedagógico.
PARRAGRAFO 1
Ítem c.
Ingresar a la plataforma virtual, debidamente
identificada con el respectivo código de acceso, personal e intransferible. El
Usuario y la Contraseña suministrado al aprendiz por la Entidad, para el
acceso a la plataforma virtual son de uso personal exclusivo, por lo tanto no
debe transferirse a otras personas. El mal uso de esta información es de su
competencia directa y asumirá por ello las responsabilidades correspondientes.
¿Qué dice dicho
reglamento frente al a responsabilidad de los datos básicos actualizados?
Que es un deber del aprendiz Verificar en el
sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o
actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.
¿Están obligados los
aprendices a participar en la visita
técnica?
Si pues
hace parte del proceso de académico y que según el ítem 9 del articulo 9 del
reglamento el aprendiz debe Asumir con responsabilidad su participación en las
actividades programadas como salidas, pasantías técnicas, intercambios de
aprendices a nivel nacional e internacional, así como en las demás de carácter
lúdico - pedagógico.